Desde el 18 de noviembre de 2019 hasta el 10 de diciembre de 2019 se puede presentar la documentación para solicitar las ayudas dirigidas a la adquisición de dispositivos digitales, (tablets) Para la utilización del alumnado de educación primaria y secundaria obligatoria para el curso 2019-2020
PLAZO:
Desde el 18 de noviembre de 2019 hasta el 10 de diciembre de 2019
LUGAR Y FORMA DE PRESENTACIÓN:
Presencial:
- En la secretaría del centro docente donde el alumno se encuentre matriculado en el curso escolar 2019/2020 (3 copias).
- Oficinas de asistencia en materia de registros de la Junta de Castilla y León.
- En cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 (LPACAP).
Electrónico:
REQUISITOS:
Las rentas obtenidas por los miembros de la unidad familiar en el año 2018, no deberán superar las siguientes cuantías:
¿PARA QUÉ ES LA AYUDA?
Únicamente serán subvencionables los dispositivos, cuando el director del centro acredite la necesidad de su uso en clase para el tratamiento de recursos didácticos digitales de acuerdo con el plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación del centro; serán modelos que reúnan las características determinadas en el Anexo y se hayan adquirido en el período comprendido desde 15 de abril de 2019 hasta la finalización del plazo de presentación de solicitudes.
Se entenderá que cuentan con un plan de integración de las tecnologías de la información y la comunicación, aquellos centros que en sus documentos institucionales contemplen la integración organizada de las tecnologías en las distintas áreas del currículo.
En caso de resultar beneficiario de alguna de las ayudas de ésta convocatoria, no podrán volver a obtener otra con el mismo objeto y para el mismo alumno antes de que hayan transcurrido tres cursos escolares, incluyendo el curso 2019/2020.
CUANTÍA:
- Las cuantías de las ayudas serán los siguientes:
- a) 90 euros, para magnitudes inferiores a los 2.500 € de r.p.c.
- b) 65 euros, para magnitudes entre 2.500 € y 3.500 € de r.p.c., ambos inclusive.
- c) 40 euros, para magnitudes superiores a 3.500 € de r.p.c.
- En los casos en que los alumnos tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, la cuantía de la ayuda a conceder será la máxima establecida.
¿QUÉ DOCUMENTOS NECESITO?
Solicitud en modelo normalizado Documento 1, una por cada alumno, que se cumplimentará UNICAMENTE a través de la APLICACIÓN INFORMÁTICA.
La solicitud se acompañara de FACTURA justificativa de la adquisición del material subvencionable correspondiente. La factura, una por alumno, se expedirá a nombre del padre, madre o tutor, indicando el curso o enseñanza en la que se va a usar el dispositivo.
En todo caso, se calificará de solicitante al padre o madre, o en su caso tutor legal, firmante de la solicitud que aparezca en primer lugar en el apartado de datos familiares. Los datos del solicitante deberán ser coincidentes con los del titular de la cuenta bancaria en la que se ingresará, en su caso, la ayuda.
En caso de custodia compartida, se presentará una única solicitud firmada por ambos progenitores y para la determinación de la renta se tendrán en cuenta las de los dos progenitores.
La solicitud, salvo en el caso de alumnos que tengan expediente de protección abierto por la Gerencia de Servicios Sociales de Castilla y León, deberá ser firmada por todos los miembros de la familia mayores de edad y en ella se harán constar los datos de todos los miembros que formen parte de la unidad familiar así como las circunstancias de cada uno de ellos (miembros que formen parte de la unidad familiar a fecha 31 de diciembre de 2018). La valoración de las solicitudes se realizará únicamente con los datos que figuren en la solicitud y en las correspondientes facturas.